Lo básico

La Cancillería uruguaya recuerda que las autoridades pueden pedir "documentación complementaria" (carta de invitación, reserva de hotel, seguro de viaje o medios de vida), que el ingreso puede ser denegado si no se cumplen los requisitos y que, si se sobrepasa el plazo de permanencia, se puede ser expulsado del país.

  • Límite: 90 días en cualquier periodo de 180 (la página oficial uruguaya lo expresa como "tres meses, en un período de seis").
  • EES: desde el 10 de abril de 2026 tus entradas y salidas se registran y los días se cuentan automáticamente.

Polonia: prórroga excepcional de 90 días

En casos excepcionales, los ciudadanos de Uruguay pueden pedir al gobernador provincial (voivoda) polaco una prórroga de su estancia sin visado de 90 días, en virtud de un acuerdo bilateral (artículo 20, apartado 2, del Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen). No es automática:

  • Hay que solicitarla en persona, como muy tarde el último día de la estancia sin visado.
  • Hay que justificar la necesidad con documentos (invitaciones, extractos bancarios…).
  • Si se concede, se estampa en el pasaporte y vale solo para Polonia.

Si viajas a España

España, el destino más habitual, exige a los visitantes sin visado acreditar medios económicos: el 10% del salario mínimo interprofesional por persona y día, con un mínimo del 90% del salario mínimo, sea cual sea la duración de la estancia (Orden PRE/1282/2007). Con el salario mínimo de 2026 (1.221 € al mes), los consulados españoles indican 122,10 € por persona y día y al menos 1.098,90 € en total.

  • Billete de vuelta o de circuito turístico.
  • Prueba de alojamiento (reserva de hotel) o carta de invitación de un particular. La carta la tramita la Policía a petición de quien te invita y solo acredita el alojamiento: no sustituye el resto de los requisitos.
  • Pasaporte expedido en los últimos 10 años y válido al menos 3 meses después de la fecha prevista de salida.

Cómo contar tus días

Cada día que estás en el espacio Schengen, cuenta los días que pasaste allí ese día y los 179 anteriores. El total nunca puede pasar de 90. Los días de entrada y salida cuentan, y se suman los días en los 29 países. La calculadora de 90180.app lo hace por ti para cada día de cada viaje, también los planificados, y te dice tu última fecha de salida.

Antes de viajar puedes confirmarlo con la herramienta oficial del EES, que usa tu registro fronterizo. No incluye las estancias que empezaron antes del 10 de abril de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Puedo quedarme 90 días en España y luego 90 días en Italia?

No. Los 90 días son para todo el espacio Schengen: España, Italia, Francia y los demás comparten el mismo cupo.

¿Necesito ETIAS?

Todavía no. ETIAS no tiene fecha oficial de inicio y no se aceptan solicitudes. Situación actual.

¿Cuentan el día de llegada y el de salida?

Sí. Ambos cuentan como días completos, sea cual sea la hora en que cruzas la frontera.

¿Salir unos días reinicia mis 90 días?

No. Los días solo vuelven 180 días después de haberlos usado. La calculadora te dice cuándo.

Fuentes oficiales